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Pensión Garantizada Universal (PGU)

Este miércoles 26 de enero fue aprobada la PGU y entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Conoce más de este beneficio estatal aquí.

Pensión Garantizada Universal (PGU)

Este miércoles 26 de enero fue aprobada la PGU y entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Conoce más de este beneficio estatal aquí.

¿Qué es la Pensión Garantizada Universal (PGU)?

Es un beneficio del Estado para mejorar las Pensiones de las personas mayores de 65 años, que una vez implementado en su totalidad, llegará hasta el 90% de quienes se encuentran entre los menores ingresos del país. Este beneficio será calculado y entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS) y su monto es de hasta $185.000 mensuales.

¿Qué requisitos tendré que cumplir para recibir este beneficio?

  • Tener 65 años o más
  • Pertenecer al 90% más vulnerable de la población adulta mayor
  • Tener una pensión base menor a $1.000.000
  • Haber residido en Chile por al menos 20 años (a contar de los 20 años de edad), y por un lapso no menor a 4 años dentro de los últimos 5 años desde hecha la solicitud para el beneficio.

¿Cómo recibiré el pago de la PGU?

Si cumples con los requisitos establecidos en la Ley, durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2022 el pago se realizará a través de MetLife junto al pago de tu pensión, en la misma modalidad de pago actual. A partir de junio de 2022 el pago del beneficio será realizado por el IPS.

¿Cuando recibiré el pago de la PGU?

La Ley establece distintas etapas de pago para quienes cumplen los requisitos, las cuales se realizarán en distintas fechas.

Desde febrero de 2022

  • Quienes reciben el Aporte Previsional Solidario de Vejez
  • Quienes Reciben un Aporte Previsional Solidario de Invalidez

Desde mayo de 2022

  • Quienes reciben Aporte Previsional Solidario (APS) y tienen una Pensión Final Garantizada por el Estado mayor a $185.000

Desde agosto de 2022

Podrán postular a través del IPS

  • Quienes no reciben Aporte Previsional Solidario.
  • Quienes no están pensionados.

¿Cuánta plata recibiré por PGU?

Este beneficio considera un pago máximo de $185 mil mensuales.

  • Quienes tengan una Pensión inferior o igual a $630 mil recibirán el monto máximo de $185 mil.
  • Para quienes tengan una Pensión superior a $630 mil y menor a $1 millón, recibirán un monto menor, el que informaremos oportunamente cuando se implemente la PGU para este grupo.

Consulta a través de la página de IPS y confirma si eres beneficiario de PGU

Preguntas frecuentes PGU

El 1 de febrero de 2022 entró en vigencia la Ley que establece el beneficio de la Pensión Garantizada Universal.

El beneficio será recibido en las fechas definidas para cada uno de los grupos.

Durante los primeros seis meses de vigencia de la Ley, podrán postular al beneficio aquellos pensionados que en la actualidad reúnen los requisitos para recibir el Aporte Previsional Solidario (APS) de vejez e invalidez.

A partir de agosto de 2022, podrán postular al beneficio aquellos pensionados que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Tener 65 años o más

b) Estar en el 90% de la población más vulnerable de los adultos mayores.

c) Tener una pensión menor a $1 millón

d) Al momento de presentar la solicitud, cumplir con las dos siguientes exigencias de residencia:

  • A partir de los 20 años de edad, contar con 20 años continuos o discontinuos viviendo en Chile.
  • haber vivido al menos 4 años de los últimos 5 años en Chile.

Si tienes dudas, puedes revisar en el sitio del IPS si calificas a la PGU: https://persona.ipsenlinea.cl/IpsEnLinea/web/index.jsf

No, la PGU es un nuevo beneficio del Estado que reemplazará el que actualmente recibes.

El monto que recibirás por concepto de PGU dependerá del nivel de ingresos o pensión que percibes, a saber:

  • Quienes tengan una Pensión o ingresos inferiores a $630.000, recibirán el monto máximo de $185.000.
  • Para quienes tengan una Pensión mayor a $630.000 y menor a $1.000.000, recibirán un monto proporcional que va disminuyendo de acuerdo a como los ingresos van subiendo.

La PGU se irá ajustando de forma anual respecto al 100% que experimente la variación al Índice de Precios al Consumidor (IPC), siempre y cuando está variación sea positiva.

Excepcionalmente, el monto de la PGU tendrá un primer reajuste en julio de 2022 y un segundo, en febrero de 2023. Posterior a esto se reajustará automáticamente el 1° de febrero de cada año.

  • La PGU incorpora a adultos mayores que aún se encuentren trabajando, complementando así sus ingresos mensuales.
  • La PGU amplía la cobertura de beneficiarios; pasando de incluir a mayores de 65 años que pertenecen al 90% más vulnerables del país, excluyendo sólo al 10% más rico del país.
  • La PGU amplía el rango máximo de pensión de quienes pueden acceder al beneficio. De esta forma el monto de $ 520.000 como máximo de pensión susceptible de recibir el APS se transforma en el monto de $ 1.000.000 como máximo de pensión susceptible de recibir la PGU
  • El monto promedio del beneficio que entregará PGU será superior a los que entrega el Pilar Solidario.
  • Finalmente, la PGU reemplaza la Pensión Básica Solidaria y el Aporte Previsional Solidario dejando vigentes el resto de los beneficios del Pilar Solidario.

Las solicitudes de APS en trámite hasta el 1 de febrero, que sean aprobadas, pasan de forma automática a ser beneficiarios de la PGU.

A contar del 1 de febrero de 2022, directamente en el IPS, podrás solicitar gestionar tu solicitud de la PGU en reemplazo de tu actual beneficio de Garantía Estatal siempre y cuando tu edad sea de 65 años o más.

Sí. Este beneficio se perdería en los siguientes casos:

a) Si falleces.

b) Si permaneces fuera del territorio nacional por un periodo superior a 180 días continuos o discontinuos durante el año.

c) Si entregas antecedentes incompletos, erróneos o falsos, con el objeto de obtener el beneficio.

d) Si pasas a integrar un grupo familiar del 10% más rico de la población

e) Si no presentas los antecedentes actualizados que te sean solicitados y que son necesarios para mantener el beneficio en el tiempo.

f) Si no cobras la PGU durante seis meses continuos.

Sí, continuarás recibiendo la Bonificación de Salud con la PGU. El beneficio se mantiene mientras recibas la PGU.

Según el Registro Social de Hogares, a marzo de 2021, quienes estaban en el 10% más rico del país eran quienes recibían, en promedio, ingresos de $1.160.838 o más per cápita.

Para esto debes estar registrado en el Registro Social de Hogares, ya que este es el sistema gubernamental que entrega la calificación socioeconómica según el tramo de ingresos en el que te encuentres. MetLife no tiene acceso a esta información. Para registrarte o para más información consulta www.registrosocial.gob.cl

Sí, no es necesario que estés pensionado. Lo que debes tener en cuenta es que, si cumples los requisitos, la solicitud la podrás hacer a contar de agosto de 2022, directamente al Instituto de Previsión Social (IPS).

No. Las personas pensionadas, ya sea como titular o como beneficiario de sobrevivencia, de los regímenes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA), no podrán acceder a ser beneficiarios de la PGU.

Sí. En caso de no estar de acuerdo con la decisión del IPS, tendrás hasta abril del 2023 para solicitar el cambio y volver a tu beneficio anterior. Ten en cuenta que esta opción se puede solicitar por una única vez.