Preguntas frecuentes Seguros Personas
Beneficiarios
Ir a una de nuestras sucursales, completar el formulario de cambio de beneficiarios y llevar una fotocopia de tu cédula de identidad. También, puedes contactar a tu asesor de seguros para que realice el cambio.
Capitales
Depende del monto de tu póliza y de una evaluación. Debes ir a cualquier sucursal, completar la declaración personal de salud, llevar una fotocopia de tu cédula de identidad y solicitar el aumento.
Depende de los capitales asegurados que tengas. Para esto, acércate a cualquiera de nuestras sucursales con tu cédula de identidad.
Término anticipado de póliza
Esperamos sinceramente tener la oportunidad de poder conversar contigo y revisar diferentes alternativas para que sigas protegiendo a quienes más quieres junto a nosotros. Llámanos al teléfono 600 390 3000 desde teléfonos fijos o al +562 28264790 desde celulares, y uno de nuestros ejecutivos atenderá tus consultas.
Pago de Primas
Acude a cualquier sucursal con tu cédula de identidad o contacta a tu asesor de seguros para realizar el cambio.
Rescates y Retiros
Acá podrás descargar el Formulario necesario para hacer tu trámite. Luego, sigue lo siguientes pasos para realizar el rescate de tu Seguro MetLife.
Ver paso a paso.
Depende de las condiciones particulares de tu póliza. Consulta los plazos y montos de rescates en tu sitio privado de www.MetLife.cl, con tu RUT y contraseña, o a través de nuestro Servicio al Cliente, al 600 390 3000.
Acudir a cualquiera de nuestras sucursales con tu cédula de identidad vigente.
Depende de las condiciones particulares de tu póliza. Consulta tu póliza en tu sitio privado de www.MetLife.cl, con tu RUT y contraseña, o a través de nuestro Servicio al Cliente, al 600 390 3000.
Depende de las condiciones particulares de tu póliza. Consulta tu póliza en tu sitio privado de www.MetLife.cl, con tu RUT y contraseña, o a través de nuestro Servicio al Cliente, al 600 390 3000.
El plazo para retirar el total del saldo ahorrado, sin costos, depende de las condiciones particulares de tu póliza y del producto que contrataste. Una vez cumplida la antigüedad del contrato puedes retirar el 100% del fondo ahorrado, sin cargos.
Cobertura de Seguro de Salud
No. Las enfermedades preexistentes no están cubiertas por los seguros de salud.
En estos casos, el seguro aplicará los topes y deducibles del plan que contrataste sobre el 50% del valor de la prestación.
Revisa las condiciones particulares de tu plan para saber hasta qué edad te cubre el seguro.
Reembolso Gastos Médicos
Imprime y completa el formulario que está en nuestra sección Formularios y déjalo en alguna de nuestras sucursales, junto con los documentos originales que acrediten los gastos médicos (bonos FONASA o ISAPRE, etc).
En general, las pólizas establecen 30 días para declarar los gastos. Si no se hace en ese plazo, se debe revisar las condiciones particulares del contrato para conocer los vencimientos en la presentación de los documentos.
La compañía tiene 10 días hábiles para evaluar los gastos médicos, salvo que se requieran documentos adicionales para la evaluación.
Sí, puedes enviar a un tercero a presentar la documentación.
Deducible
Es un monto en UF que se establece en la póliza del seguro y que debes pagar en caso de un evento. Y, todo el resto o exceso asociado al valor de ese evento, será indemnizado por la compañía en el porcentaje acordado. Ese monto se descuenta del dinero de tu reembolso.
Depende de las condiciones particulares de la póliza. Algunos se renuevan por evento o por un período de tiempo, que puede ser desde un año o más.
Depende de las condiciones particulares de la póliza. Puedes consultar tu póliza en tu sitio privado de www.MetLife.cl, con tu RUT y contraseña, o a través de nuestro Servicio al Cliente llamando al 600 390 3000.
Alternativas de Ahorro Previsional Voluntario
El Ahorro Previsional Voluntario (APV) es un mecanismo de ahorro que te permite ahorrar por sobre lo que cotizas (como trabajador dependiente o independiente) en tu Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
Existen tres alternativas de APV; “Cotizaciones Voluntarias”, que sólo las AFP pueden ofrecer, “Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario” y “Depósitos Convenidos”.
Las Cotizaciones Voluntarias son sumas de dinero que un trabajador, afiliado o no al Sistema de Pensiones, deposita voluntariamente a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). Son descontadas directamente por el empleador e informadas por éste a la AFP respectiva. Tope exento UF 50 mensuales (UF 600 anuales).
Los depósitos de Ahorro Previsional Voluntario (APV) son sumas de dinero que el trabajador destina a los planes de Ahorro Previsional Voluntario ofrecidos por las instituciones autorizadas. Los Depósitos de APV pueden ser rebajados de la renta imponible, con un tope de UF 50 mensuales.
Pueden ser entregadas directamente por el trabajador o vía descuento del empleador a la Institución respectiva. También, pueden ser descontadas por el empleador y entregadas a la AFP, la que a su vez deberá transferirla a la institución seleccionada.
Tanto las Cotizaciones Voluntarias como los Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario, pueden ser retiradas por el trabajador en cualquier momento, pero se deberá pagar un impuesto único, similar al Impuesto Global Complementario.
Los Depósitos Convenidos son sumas de dinero que los trabajadores dependientes, afiliados o no al Sistema de Pensiones, entregan a su empleador por acuerdo, y mediante contrato, y que este último debe informar a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) o a una institución autorizada.
Pueden ser aportes periódicos o esporádicos. Su propósito es aumentar el monto de la pensión o incrementar el capital requerido para financiar una pensión anticipada.
Los Depósitos Convenidos sólo pueden ser retirados por el trabajador al momento de pensionarse, como excedente de libre disposición, cumpliendo con los demás requisitos establecidos en la ley. Mientras estén depositados en un plan de Ahorro Previsional o en la cuenta de capitalización individual de una AFP, no constituyen remuneración para ningún efecto legal, ni se consideran renta para los fines tributarios.
Si, puedes traspasar una parte o la totalidad de los ahorros de tus Cotizaciones Voluntarias, Depósitos Convenidos y Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario.
La Cotizaciones Voluntarias, los Depósitos Convenidos y los dineros mantenidos por los afiliados en cualquier plan de Ahorro Previsional Voluntario no son embargables, mientras no sean retirados.
Retiros y Costos de APV
Los Depósitos Convenidos no pueden ser retirados, ya que estos sólo pueden ser utilizados al momento de jubilar, como excedente de libre disposición. Mientras, pueden ser traspasados a otra entidad.
Las instituciones autorizadas y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) no pueden cobrar comisión por el traspaso de una parte o de la totalidad de los recursos de las Cotizaciones Voluntarias, Depósitos Convenidos y Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario hacia otras instituciones.
Si. Los retiros están afectos a un impuesto único que debe ser pagado junto con el Impuesto Global Complementario. Al momento del retiro, la institución autorizada realiza una retención de un 15% que sirve como abono a dicho impuesto.
Beneficios Tributarios de APV
No, son las AFP e Instituciones Autorizadas las responsables de informar anualmente a los contribuyentes y al SII los montos del ahorro y de los retiros efectuados.
No, no puedes hacer uso del beneficio tributario, pues el sistema de cálculo está determinado sobre la base de una reliquidación mensual o anual.