Seguro Colectivo de Vida
Protección y Seguridad para colaboradores
Seguro de Vida Colectivo
Protege a tus colaboradores y sus familias ante fallecimientos, ya sea por enfermedad o accidente.
Cobertura de invalidez total y permanente
Ofrece una protección adicional en caso de invalidez, otorgando el capital asegurado según el grado de incapacidad.
Cobertura de invalidez accidental
Otorga hasta el 100% del capital asegurado en caso de invalidez por accidente, dependiendo del grado de incapacidad.
Cobertura de muerte accidental
En caso de fallecimiento accidental, los beneficiarios recibirán el capital asegurado más un monto adicional por muerte accidental.
Beneficios para la empresa
Un Seguro de Vida Colectivo mejora la retención y satisfacción de los colaboradores, brindando tranquilidad y apoyo.
El Seguro Colectivo de Vida brinda protección económica a los colaboradores y sus familias en caso de fallecimiento. Ya sea por muerte natural o accidental, los beneficiarios recibirán el monto asegurado según el plan contratado por la empresa. La edad máxima de ingreso es de 69 años, con permanencia hasta los 70.
- Protección económica para los beneficiarios.
- Edad máxima de ingreso: 69 años.
- Cobertura por fallecimiento natural o accidental.
- Beneficio empresarial que mejora la satisfacción y retención
Esta cobertura adicional permite que, en caso de que el colaborador sufra un accidente o enfermedad que le invalide en 2/3 de su capacidad laboral, se pague de manera anticipada el capital asegurado.
- Anticipo del capital asegurado en caso de invalidez 2/3.
- Protección en caso de incapacidad laboral por enfermedad o accidente.
Con esta cobertura adicional, los colaboradores asegurados recibirán hasta el 100% del capital asegurado en caso de sufrir un accidente que cause invalidez.
- Hasta el 100% del capital asegurado en casos de invalidez por accidente.
- Protección financiera en situaciones de incapacidad severa.
- Mayor respaldo ante accidentes inesperados.
Esta cobertura adicional ofrece una mayor protección a los beneficiarios del colaborador asegurado en caso de muerte accidental. Además del capital asegurado principal por fallecimiento, se otorga un monto adicional específico por muerte accidental.
- Pago adicional en caso de muerte accidental.
- Beneficiarios reciben tanto el capital asegurado como el adicional.
Al ofrecer esta protección, la empresa demuestra su compromiso con el bienestar de sus empleados, lo que genera mayor retención y un ambiente laboral más seguro y tranquilo.
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