Tal como te informamos, el 28 de abril de 2021 se publicó la Ley que establece el Adelanto de un 10% para los pensionados de Renta Vitalicia Previsional.
Nueva Actualización sobre el Adelanto del 10% para pensionados de Rentas Vitalicias
Preguntas Frecuentes
Dado que al momento de contratar el seguro se calculó tu pensión mensual de por vida y por un monto constante en UF, en caso de solicitar el Adelanto de una parte de dichas pensiones, el monto de tus pensiones mensuales futuras se recalculará y se verán disminuidas en forma permanente, con respecto al monto fijado cuando contrataste tu Renta Vitalicia. Esta rebaja en el monto de la Pensión mensual quedará reflejada en un endoso a la póliza.
Conforme a lo que dispone la Ley, el monto máximo para Adelantar será equivalente al 10% del valor correspondiente a la reserva técnica que mantiene la compañía para tu póliza, con un tope máximo de 150 UF, en otras palabras; el monto dependerá de la situación particular de cada pensionado. Para conocer tu monto máximo a Adelantar y el Impacto permanente en tu Pensión futura, entra a www.metlife.cl e ingresa con tu cédula de identidad y completa los datos solicitados.
Para poder solicitar tu Adelanto y ver el Impacto permanente en tu pensión futura, deberás ingresar a www.metlife.cl con tu cédula de identidad y responder las preguntas que contiene el formulario de Solicitud de Adelanto
Podrás solicitar tu Adelanto hasta 365 días a contar de la fecha de la publicación de la ley (28 de abril de 2021).
Conforme a la Ley el monto del Adelanto estará a tu disposición en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha de solicitud, siempre que esta haya sido aprobada.
En un plazo máximo de 4 días hábiles, desde la solicitud, te notificaremos vía e-mail si tu solicitud fue aprobada o rechazada.
El pago de tu Adelanto se realizará mediante abono en la misma cuenta bancaria en la que recibes el pago de tu pensión futura. En caso de que no recibas el pago de tu pensión en una cuenta bancaria, podrás ingresar una cuenta, siempre y cuando, tú seas el titular de la misma.
Si, otorgando un poder suscrito ante notario público u Oficial del Registro Civil en los lugares donde no hubiese Notaría.
Ten presente que el mandato deberá indicar el nombre de la compañía pagadora de la renta vitalicia, la declaración de que quién otorga el mandato conoce que su anticipo “se imputará al monto mensual de sus rentas vitalicias futuras, de modo que sus pensiones futuras, se verán reducidas, al rebajarse proporcionalmente de ellas, el monto anticipado“.
En este caso el pago se hará en la misma forma en que regularmente se pagan las pensiones.
Podrás retractar tu solicitud, lo cual deberás comunicarlo a MetLife a más tardar el día anterior a la fecha de pago del monto solicitado y tendrás un plazo de 365 días siguientes a la publicación de la Ley en el Diario Oficial para volver a solicitar el anticipo.
Puedes realizar tu solicitud de retracto llámandonos a nuestro Contact Center 600 390 3000 opción (*)
Si vives fuera de Chile y eres pensionado o eres Beneficiario de Pensión de Sobrevivencia, puedes solicitar tu Adelanto a través de www.metlife.cl
Debes contactarte con nuestro Contact Center 600 390 3000 opción (*)
Si tienes deuda por Pensión Alimenticia la compañía no podrá realizar el pago de tu Adelanto. Las deudas originadas por obligaciones alimentarias deberán pagarse por la Compañía a quien haya dispuesto el tribunal respectivo y por los medios que este haya ordenado (ya sea transferencias electrónicas, retención, vale vista, cheque, etc.), para lo cual deberá recabar los antecedentes que sean pertinentes.
Si contrataste una Renta Vitalicia diferida, la rebaja en tu pensión se verá reflejada a partir del primer pago de tu pensión.