El Aumento temporal de Pensión es una nueva opción para las personas que aún no se han pensionado con una Renta Vitalicia, te permitirá obtener una pensión con un mayor monto durante los primeros años de tu pensión, tanto el monto como la cantidad de tiempo la podrás definir en conjunto con MetLife.
Pensiónate en MetLife con una Renta Vitalicia Aumentada
Con esta modalidad podrás optar por recibir hasta el doble de tu pensión los primeros años y luego, mantener un monto fijo en UF por toda tu vida.
Pensiónate en MetLife con una Renta Vitalicia Aumentada
Con esta modalidad podrás optar por recibir hasta el doble de tu pensión los primeros años y luego, mantener un monto fijo en UF por toda tu vida.
Selecciona como quieres tu asesoría de pensión
A través de un asesor
Completa el formulario y uno de nuestros asesores especializados te contactará para guiarte en el proceso de pensión con Renta Vitalicia
Asesoría por WhatsApp
Puedes hablar con MÍA, nuestra ejecutiva virtual en WhatsApp, ella te ayudará con la primera fase de tu asesoría para pensionarte con una Renta Vitalicia
Características
Esta nueva opción te permitirá obtener, en tu Renta Vitalicia, un monto mayor de pensión durante el inicio de tu pensión.
Puedes definir
- El % de aumento de la pensión
- El tiempo durante el cual se pague la pensión aumentada.
¿Cuánto puede aumentar mi renta?
La Renta Vitalicia mensual aumentada puede ser hasta el doble de la Renta Vitalicia mensual.
A partir del día 05 de Septiembre 2022.
La nueva alternativa puede ser cotizada y contratada por quienes tramiten pensiones de Invalidez y de Vejez como también los pensionados por Retiro Programado (Pensionados en AFP) que opten por una decisión de cambio a una renta vitalicia.
Si, en la medida que efectúe un cambio de modalidad de Retiro Programado a Renta Vitalicia.
Sí
Si durante el periodo de aumento temporal fallece el pensionado contratante, los % de pensión establecidos en el art 58 DL3500, se aplicarán, sobre la renta aumentada si el fallecimiento ocurre dentro del periodo de renta aumentada o sobre la renta vitalicia si el fallecimiento se produce luego de terminado el periodo de renta aumentada.
Se considera que el porcentaje máximo de aumento en los pagos será de 100% durante el periodo temporal. Es decir, se podrá aumentar cómo máximo 2 veces la renta en este periodo.
Si, se puede contratar con periodos garantizados que van entre 5 y 30 años si se cumplen los requisitos normativos.
Sí, a partir del sexto mes de vigencia de tu póliza. Si cumples este requisito podrás consultar por tu Crédito de Consumo MetLife en el Portal Privado.